13 sept 2026

Algunas opiniones sobre un supuesto derecho a la privacidad

 Supongamos que yo tengo una cámara y que la llevo durante el día para fotografiar lugares/momentos. Al llegar a casa revelo las fotografías y las guardo. De vez en cuando las miro. 

Después supongamos que una persona tiene una capacidad excepcional para dibujar recordar. Que cuando esta persona llega a casa, dibuja lo que ha visto durante el día. Guarda esos dibujos extraordinariamente realistas en un cajón oscuro, de vez en cuando las saca y las mira.

Supongamos que una persona tiene una condición particular: tiene amnesia. Pero es posible que se auxilie de una cámara (de éstas que imprimen inmediatamente en un papel), para apoyarse en estas imágenes para reconstruir en lo posible lo que ha vivido durante el día.

¿Alguna de estas personas tiene más derecho que otra para registrar, documentar lo que ha visto? Si en lugar de tratar con imágenes tratáramos con una descripción literaria, ¿sería diferente? 

¿Tiene algo que ver la época en la que vivimos o los criterios deberían ser exactamente igual para nosotros que para una persona que viviera antes de la invención de la fotografía?

¿Es la fotografía algo sustancialmente diferente al dibujo?, ¿de modo tal que las consecuencias éticas de archivar o generar unos y no los otros sean diferentes?


Yo soy de una idea radical: tenemos derecho a reproducir de cualquier forma que podamos aquello que vemos en la vida. Hay ciertas excepciones y complicaciones de este problema, pero en términos generales puede expresarse así. Si yo voy por el parque y veo a una pareja teniendo sexo, lo más probable es que me vaya sin tomar ninguna fotografía. Como además no tengo capacidades extraordinarias para dibujar o re recordar, no me meteré en ningún problema. O por lo menos no tengo las capacidades suficientes para meterme en un problema ético respecto al derecho a la privacidad de unas personas imaginarias cogiendo en el parque. En cambio si me encuentro un abuso sexual dentro de una casa, sí pienso que tendría en ese caso el derecho a representarlos por cualquier medio posible incluyendo un video. ¿Pasa el derecho a la privacidad por nuestro juicio ético de aquello que estamos viendo?


¿Son otros derechos en el caso de personas con alguna discapacidad? ¿Está mal que un ciego reproduzca en la medida de lo posible aquello de lo que es testigo? 


¿Y por dónde exactamente pasa la línea que divide al espacio público del espacio privado? Creo que sería correcto creer que la línea que divide lo público de lo privado es real, pero es una frontera móvil y porosa donde una misma cosa puede estar una vez de un lado y otra vez del otro dependiendo de su función. Por ejemplo la comida suele ser un acontecimiento privado o familiar, aunque a veces sea un acontecimiento público; sin embargo las recetas de cocina son sin duda documentos históricos que nos abren la puerta a un mundo de otros y a un mundo histórico. Los caminos a veces son privados y otras son públicos, los jardines, las bibliotecas, los cementerios. También se puede cuestionar el nivel de privacidad de los lugares: las bibliotecas contienen elementos (libros) que necesariamente están hechos para otros, son lugares públicos por excelencia.  

Volviendo a este tema del formato de un documento, ¿pasa el derecho a la privacidad por la exactitud de la representación? Y si es así, ¿con qué criterio dividiríamos aquello cuya exactitud transgrede los derechos de otros? Hay quien opina que el dibujo y la fotografía son dos tipos muy diferentes de representar algo. Inclusive si el dibujo es extremadamente realista.

Por mucho que se guarde un documento, el documento está hecho para otros.

Hay un caso que me hizo volver a plantearme este tema con mayor profundidad, el caso de un niño a quien no conocí. Tenía 13 años y fue atropellado en la colonia Clavería en la ciudad de México, en el año 2021. Aquel día le tomaron una foto a su hermano, de tan sólo 4 años de edad en aquel momento y aquella foto fue a parar a la primera plana del periódico El Universal. Su madre ahora busca justicia para su segundo hijo. Quizá, como me lo sugirió una amiga, debamos preguntarnos hasta dónde es capaz de llegar una madre por lograr justicia para su hijo, especialmente cuando ha perdido al primero de ellos. Una vez que la campana de la violencia ha sido tocada de esa manera, las reacciones psicológicas (sin minimizar con ello el valor ético o jurídico del caso) son diferentes a las reacciones digamos normalizadas ante la injusticia. Estamos obligados, como mexicanos, a normalizar las injusticias porque si nos la pasáramos haciendo justicia por cada injusticia que nos toca, no acabaríamos nunca. Quizá sea posible incluso afirmar que todos los seres humanos en el planeta han normalizado algún nivel de injusticia. Por las mismas razones, porque no es compatible con un esquema de vida el exigir justicia por cada injusticia que nos sucede.  

Lo que pasa con esto en mi propia experiencia es que todas las injusticias pasadas explotan una tras otra o todas juntas en el momento en que una injusticia suprema, como el asesinato de alguien que amas, toma su lugar en aquello que llamamos vida que es la memoria de todo lo que nos ha pasado y también lo que olvidamos de lo que nos ha pasado. Tomar su lugar es una manera de decirlo porque precisamente esos acontecimientos carecen de lugar en nuestra historia que nos contamos sobre nosotros mismos. Para cerrar por lo menos en sus extremos esa “herida” hacemos esas cosas como exigir justicia. No me cabe ninguna duda de que reparar un daño menor, aunque si bien irreparable, en un segundo hijo ayuda parcialmente a sobrellevar el duelo del primero.

La pregunta que me hago constantemente es ¿cuál es el daño que se hace al presentar en primera plana de un periódico la foto de un niño sin el consentimiento de sus padres? ¿Cambia el consentimiento de sus padres lo que está bien o mal en la fotografía de un niño?

Hay fotografías de niños que han sido fundamentales para comprender nuestra historia reciente. Muchas de ellas han sido tomadas en momentos violentos sin el consentimiento ni de los niños ni de los padres. ¿Pasa lo que está bien y lo que está mal por la gravedad histórica del hecho documentado? ¿Si es la guerra de Vietnam está bien pero si es un niño atropellado en la CDMX está mal? He estado hablando de este tema con algunas personas cercanas a mí y se me ha hecho notar esto. También se me ha hecho notar que la misma fotografía puede estar rodeada de textos diferentes o incluso sin ningún texto en absoluto, lo que podría generar que una misma imagen fuera interpretada como denuncia y exigencia de empatía o como burla y desprecio. ¿Tiene la intención de la imagen algo que ver con nuestro juicio respecto a la bondad o maldad de la documentación? Yo me inclino a pensar que sí.

Imaginemos que la persona que tiene una memoria y capacidad de dibujo exorbitantes llega a casa a dibujar pornografía infantil. ¿Estaría eso bien? Creo que no. 

Y si usted fuera de los que pensara que aquel que tiene esas capacidades extraordinarias no tiene derecho a dibujar nada que no sea ficción, ¿cambia la pregunta del párrafo anterior algo en su opinión o está exactamente igual de mal que el dibujante dibuje pornografía infantil ficticia? 

¿Diríamos que está igualmente prohibido dibujar pornografía de adultos con mutuo consentimiento? Probablemente no.

¿Son los videos pornográficos parte del espacio público? Sí. ¿Pueden constituir ellos mismos un método de agresión hacia una persona? Sí, cuando no hay consentimiento pleno de ellos. ¿Puede entonces una imagen producir daño? Sí. ¿El daño es diferente por la técnica de representación? 

¿Qué tipo de daño podemos hacerle a un niño publicando su rostro? Creo que es una pregunta que debemos hacernos. Algunas respuestas han sido, por ejemplo, que si con la imagen publicamos también una manera de identificar al niño, entonces estamos facilitándole el camino a un posible agresor. Otra respuesta es que aquella imagen puede servir a pedófilos, se sume o no se sume esto al enunciado anterior.

Volviendo a ponernos en el lugar de la madre, ella puede argüir que aquella imagen puede ser usada en cualquier momento del futuro para agredir a su hijo y que ella en tanto que responsable de él tiene la obligación de hacer lo posible por reparar ese daño en la medida de lo posible, por ejemplo exigiendo disculpas al periódico y evitar con ello futuras repeticiones de esa violación. Legalmente tiene el derecho de hacerlo, btw.

Pero mi pregunta es otra: ¿tenemos derecho de fotografiar aquello que nuestros ojos ven?, asumiendo que somos personas que actuamos con decencia y que tenemos derecho a ver lo que estamos viendo. 


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